La participación del pueblo en el Tabernáculo

La participación del pueblo en el Tabernáculo

El singular imperativo de traer aceite para iluminar tiene el propósito de enfatizar la participación del pueblo de Israel en el encendido del candelabro, que representa también la participación del pueblo en la tarea del Tabernáculo y el Templo, en todas las generaciones.

La sección de “Trumá” comienza con el imperativo de traer la materia prima para el Tabernáculo, y entre ella la Torá menciona explícitamente “aceite para el alumbrado” (Capítulo 25, versículo 6). Pues entonces, ¿por qué es necesario un imperativo adicional, separado y particular, acerca del aceite a traer, en el capítulo 27? El interrogante se acentúa aún más a la luz del hecho de que sólo en relación al aceite, entre todos los materiales mencionados en el comienzo de la sección de “Trumá”, existe esta orden adicional?

Además de ello, todas las órdenes en el Tabernáculo fueron pronunciadas con el vocablo “Y harás”, con excepción del aceite a traer, que fue dicha con el vocablo “Y tú habrás de ordenar” (Versículo 20); y además-esta es la única vez que una orden es transmitida con este vocablo en toda la Torá. ¿Cuál es el sentido de dicha excepción?

La orden de llevar aceite para el alumbrado es la única orden dirigida al pueblo de Israel. Este punto es enfatizado nuevamente al final de la sección:

“lo ordenará Aharón… es una ley perpetua para todas las generaciones de los hijos de Israel” (Versículo 21).

El Tabernáculo fue construido por Moshé, y a partir de este hecho puede concluirse que el pueblo de Israel no tiene participación en dicha construcción; en oposición a este enfoque justamente aparece la sección del aceite para el alumbrado: la participación del pueblo de Israel pasa por traer el aceite para el alumbrado de manera permanente, cada año. No obstante, Moshé construye el Tabernáculo-pero ésta es una construcción por única vez, mientras que el pueblo de Israel participa en el Tabernáculo de modo permanente, trayendo el aceite anualmente.

El capítulo del aceite para el alumbrado describe sin embargo a Aharón y a sus hijos que encienden las luminarias, pero el énfasis está puesto precisamente en el hecho de que el encendido se hace del aceite traído por el pueblo de Israel: los Cohanim (Sacerdotes) son los enviados del pueblo para el encendido del candelabro por medio del aceite donado por el pueblo.

Este punto es inferido también a partir de la observación del orden de las secciones: la orden para el encendido del candelabro por los Cohanim (Capítulo 27, versículos 20-21) es previa  a la orden de la consagración de los mismos (Capítulo 27, versículos 28-29). Es decir, los Cohanim recibieron la orden de encender el candelabro aún antes de haber sido consagrados para el Sacerdocio. Este hecho puede enseñarnos que el encendido del candelabro es realizado por los Cohanim como representantes del pueblo. Ellos encienden el candelabro en nombre de todo el pueblo de Israel, que trabajaron arduamente en el preparado del aceite para el candelabro.

Editado por el equipo del sitio del Tanaj

Gentileza del sitio VBM de la Academia Rabínica "Har Etzion"

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